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Balean a un perrito en San Isidro Itzícuaro
En esa colonia ya han sido asesinados, con arma de fuego, varios caninos
Morelia, Mich., En la calle Tahuayal, de la colonia San Isidro Itzícuaro, un perro fue baleado presuntamente por el propietario de una perra que andaba en celo. Ese fue el delito del can que recibió el impacto de bala en una de sus patas delanteras. Animalistas independientes denunciaron que no es la primera vez que ocurre algo similar en ese asentamiento humano, en el que ya que se han dado casos de asesinatos de caninos con arma de fuego.
Animalistas independientes recibieron el reporte de la agresión al can y acudieron para llevar al perro herido a que recibiera atención veterinaria. El diagnóstico fue de fractura de hueso por arma de fuego. Tendrá que ser operado.
Habitantes de esa colonia expresaron que no es la primera que algo así ocurre, pues ya han asesinado a varios canes con arma de fuego.
Preocupante es, dijeron, que sujetos con tal descontrol mental anden armados y se paseen impune y libremente por Morelia. Hoy fue un perrito el agredido, mañana puede ser un humano.
Demandaron mayor vigilancia por parte de las autoridades, tal vez no para cuidar a los perros -aunque cabe mencionar que su integridad está legalmente protegida y quienes agreden a los animales enfrentan penas de cárcel-, sino por el peligro que representa para la ciudadanía que individuos mentalmente desajustados anden armados sin que nadie se los impida.
En su apartado de delitos de violencia contra animales, el Código Penal para Michoacán establece:
Artículo 309. Crueldad contra los animales. Comete el delito de crueldad quien inflige daño físico a un animal, que no constituya plaga ni peligro para la salud o vida humana, con el único fin de lastimarlo o privarlo de la vida, y se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a quinientos días de salario mínimo general vigente
Artículo 311. Maltrato animal. Comete el delito de maltrato quien, en el trato doméstico o laboral cotidiano, realice actos abusivos o negligentes, u omisiones, que menoscaben la integridad física de cualquier animal que no constituya plaga o peligro para la salud o vida humana, y se le impondrán de seis meses a un año de prisión y de veinte a doscientos días multa.
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